Derecho a la vida, a estar protegida por la Ley.

El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
Pacto internacional de derechos civiles y políticos, 6.1
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.
Declaración Universal de los Derechos Humanos, Preámbulo, Artículo 3.
El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
Constitución Política de Colombia, 11
Las personas en situación de prostitución se encuentran en condiciones de especial vulnerabilidad para ser víctimas de trata de personas, explotación sexual o feminicidios, todas formas de graves violencias de género contra población tradicionalmente discriminada.
Ley 1801 de 2016 Código de policía, Artículo. 42.
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